347 (ejercicio 2011) Modificaciones Relevantes

La presentación del documento de Declaración anual de operaciones con terceras personas,
modelo 347 para el ejercicio 2011 ha sufrido ciertas variaciones relevantes:
  1. La presentación correspondiente al ejercicio 2011 se realizará durante el mes de marzo
    de 2012, la presentación del ejercicio 2012 y posteriores ya deberá realizarse en febrero del ejercicio siguiente. 
  2. Suministro de información: trimestralizada. Se presentará una única declaración anual en la que la información sobre las operaciones realizadas se proporcionará desglosada trimestralmente, excepto la relativa a los importes percibidos en metálico superiores a 6.000 euros que seguirá proporcionándose de forma anual.
  3. Imputación temporal: se modifica el criterio de imputación de manera que las operaciones se entienden producidas en el período en el que deban anotarse en los libros registro de IVA. Se homogeneiza así el período de imputación con el modelo 340.
  4. El valor de la declaración puede ser negativo, debido al punto anterior, es decir la declaración se realizará de las operaciones que  superen en su valor 'absoluto' (sin signo) los 3.005,06€, por ej. Ud. recibe una devolución por 4000.00€ de ventas realizadas en el ejercicio anterior.

Más información;:
http://www.boe.es/boe/dias/2011/12/12/pdfs/BOE-A-2011-19397.pdf
http://www.aeat.es/AEAT.internet/Modelos_formularios/modelo_347.shtml